Preguntas frecuentes · Sumario municipal, ley 18.883
¿Cuál es el plazo para reclamar a Contraloría y desde cuándo se cuenta?
Diez días hábiles, contados desde la notificación del decreto sancionatorio que afina el sumario. Ese decreto es exento de toma de razón y queda totalmente tramitado con su notificación, así que el plazo corre desde ella con independencia de su registro en Contraloría. Si el plazo vence, Contraloría puede de todos modos representar la ilegalidad que advierta.
Fuentes Ley 18.883, art. 156 · Dictamen E220260/2022 · Dictamen 79.238/2010
Es una respuesta general. El resultado de cada caso depende de su expediente, de los plazos y de la prueba.
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Fabián Andrés Barría González, abogado en derecho administrativo. Ver los servicios.
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