Preguntas frecuentes · Sumario del Estatuto Administrativo, ley 18.834
¿Puedo presentar los recursos y el reclamo a Contraloría al mismo tiempo?
No. Contraloría resolvió que mientras el sumario está pendiente dispones de los medios de impugnación del propio procedimiento y no del reclamo del artículo 160. Primero se resuelven la reposición y la apelación, o vence el plazo para interponerlas, y recién con el acto de término puedes reclamar.
Fuentes Dictamen E220260/2022 · Ley 18.834, art. 160
Es una respuesta general. El resultado de cada caso depende de su expediente, de los plazos y de la prueba.
¿Y en tu caso?
Si tu situación tiene otra arista, escríbeme por WhatsApp y la revisamos. También puedes dejar tu pregunta en el sitio, y la respondo públicamente para quien tenga la misma duda.
Fabián Andrés Barría González, abogado en derecho administrativo. Ver los servicios.
Otras preguntas de este tema
- Me notificaron la sanción. ¿Qué recursos tengo y en qué plazo?
- ¿Ante quién se apela y cómo se interpone la apelación?
- Si me notificaron por carta certificada, ¿desde cuándo corre el plazo?
- ¿Me pueden aplicar una sanción más grave al resolver mi recurso?
- ¿Qué es la toma de razón y qué significa para mi sanción?
- ¿Cuándo puedo reclamar a Contraloría?
- ¿Cuál es el plazo para reclamar a Contraloría y desde cuándo se cuenta?
- ¿Qué revisa Contraloría en mi reclamo?
- ¿Qué vicios del sumario afectan la legalidad de la sanción y cuáles no?
- Si Contraloría acoge mi reclamo, ¿qué ocurre?