Preguntas frecuentes · Sumario del Estatuto Administrativo, ley 18.834

¿Me pueden aplicar una sanción más grave al resolver mi recurso?

Sí, al resolver la apelación. Contraloría confirmó que el artículo 142 permite a esa autoridad aplicar una medida de mayor entidad que la impuesta en primera instancia, y le reconoce al sancionado el derecho a impugnar esa nueva decisión por el mismo régimen recursivo. La Corte Suprema resolvió igual, con voto disidente.

Fuentes Ley 18.834, art. 142 · Dictamen E582596/2024 · Corte Suprema, rol 9.930-2025

Es una respuesta general. El resultado de cada caso depende de su expediente, de los plazos y de la prueba.

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Fabián Andrés Barría González, abogado en derecho administrativo. Ver los servicios.

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