Preguntas frecuentes · Sumario municipal, ley 18.883
¿Qué pasa si no presento descargos?
El sumario sigue adelante y, vencido el plazo, el fiscal queda en condiciones de emitir la vista fiscal y proponer la absolución o la sanción. Según la Corte Suprema, si no pediste rendir prueba, la falta de término probatorio no te causa indefensión. Los documentos que no aportaste en su oportunidad no se ponderan después en el reclamo ante Contraloría.
Fuentes Ley 18.883, art. 137 · Corte Suprema, rol 38.432-2025 · Dictamen 36.229/2013
Es una respuesta general. El resultado de cada caso depende de su expediente, de los plazos y de la prueba.
¿Y en tu caso?
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Fabián Andrés Barría González, abogado en derecho administrativo. Ver los servicios.
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