Preguntas frecuentes · Sumario municipal, ley 18.883
¿Puedo pedir diligencias y rendir prueba? ¿Cuándo?
Sí, al presentar tus descargos. Si pides abrir el término probatorio para rendir prueba propia, el fiscal debe concederlo, con un plazo de hasta veinte días en total. Puede rechazar de manera fundada las diligencias que le pidas ordenar cuando no sean necesarias, útiles, pertinentes ni plausibles, pero debe pronunciarse sobre cada solicitud.
Fuentes Dictamen 53.401/2013 · Dictamen 26.225/2013 · Dictamen 93.711/2015
Es una respuesta general. El resultado de cada caso depende de su expediente, de los plazos y de la prueba.
¿Y en tu caso?
Si tu situación tiene otra arista, escríbeme por WhatsApp y la revisamos. También puedes dejar tu pregunta en el sitio, y la respondo públicamente para quien tenga la misma duda.
Fabián Andrés Barría González, abogado en derecho administrativo. Ver los servicios.
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