Preguntas frecuentes · Sumario del Estatuto Administrativo, ley 18.834

Creo que el fiscal no es imparcial. ¿Puedo recusarlo y en qué plazo?

Sí, dentro del segundo día desde el apercibimiento en tu primera declaración como inculpado, y solo por interés directo o indirecto en los hechos, amistad íntima o enemistad manifiesta, o parentesco. El artículo 134 entrega la decisión a la autoridad que ordenó el sumario, en dos días. Contraloría rechaza el reproche tardío, aunque igual revisa el expediente.

Fuentes Ley 18.834, art. 132 · Ley 18.834, art. 133 · Ley 18.834, art. 134 · Dictamen 29.682/2014

Es una respuesta general. El resultado de cada caso depende de su expediente, de los plazos y de la prueba.

¿Y en tu caso?

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Fabián Andrés Barría González, abogado en derecho administrativo. Ver los servicios.

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