Preguntas frecuentes · Término anticipado y no renovación de la contrata
Ejercía una jefatura a contrata. ¿Eso cambia mi situación?
Sí, y en tu contra. Cuando las funciones encomendadas se incardinan en el segundo nivel jerárquico o son de exclusiva confianza, el acto cumple el estándar con la sola consideración de esa naturaleza y de la facultad de terminar anticipadamente. Con todo, la Corte examina las funciones efectivamente encomendadas y no solo el nombre del cargo, así que el punto se discute.
Fuentes Corte Suprema, rol 465-2025 · Ley 18.575, art. 49 · Dictamen E393404/2023
Es una respuesta general. El resultado de cada caso depende de su expediente, de los plazos y de la prueba.
¿Y en tu caso?
Si tu situación tiene otra arista, escríbeme por WhatsApp y la revisamos. También puedes dejar tu pregunta en el sitio, y la respondo públicamente para quien tenga la misma duda.
Fabián Andrés Barría González, abogado en derecho administrativo. Ver los servicios.
Otras preguntas de este tema
- Me terminaron la contrata antes del 31 de diciembre. ¿Es lo mismo que no renovarme?
- ¿Qué tiene que decir el decreto o la resolución que me desvincula?
- Llevo menos de cinco años a contrata. ¿Igual puedo reclamar el término anticipado?
- Si el término anticipado fue ilegal y llevo menos de cinco años, ¿me reincorporan o solo me pagan?
- Me dijeron que hubo una reestructuración del servicio. ¿Basta con eso?
- Me terminaron la contrata por mi desempeño. ¿Pueden hacerlo sin sumario?
- Estoy formalizado en una causa penal. ¿Pueden terminar mi contrata sin esperar el sumario?