Preguntas frecuentes · Sumario municipal, ley 18.883
¿Puedo ir con abogado?
Sí. Puedes estar asistido por tu abogado desde la etapa indagatoria, y ambos tienen derecho a presenciar la prueba testimonial del término probatorio. Para que te represente, el poder debe constar en escritura pública o en documento privado suscrito ante notario; sin esa formalidad, el patrocinio y poder agregado al expediente no constituye representación.
Fuentes Dictamen 79.238/2010 · Ley 19.880, art. 22
Es una respuesta general. El resultado de cada caso depende de su expediente, de los plazos y de la prueba.
¿Y en tu caso?
Si tu situación tiene otra arista, escríbeme por WhatsApp y la revisamos. También puedes dejar tu pregunta en el sitio, y la respondo públicamente para quien tenga la misma duda.
Fabián Andrés Barría González, abogado en derecho administrativo. Ver los servicios.
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