Preguntas frecuentes · Sumario del Estatuto Administrativo, ley 18.834

¿Puedo reclamar a Contraloría y al mismo tiempo ir a tribunales?

El artículo 54 de la ley 19.880 impide deducir ante tribunales la misma pretensión ya reclamada ante la Administración mientras no se resuelva o no venza el plazo para entenderla desestimada, y obliga a la Administración a inhibirse si primero accionas judicialmente. La Corte Suprema resolvió en 2026 que Contraloría no puede declarar litigiosa una materia entera y abstenerse.

Fuentes Ley 19.880, art. 54 · Dictamen 5.260/2015 · Corte Suprema, rol 18.822-2025

Es una respuesta general. El resultado de cada caso depende de su expediente, de los plazos y de la prueba.

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Fabián Andrés Barría González, abogado en derecho administrativo. Ver los servicios.

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