Preguntas frecuentes · Sumario del Estatuto Administrativo, ley 18.834
¿Cuánto plazo tengo para presentar descargos? ¿Se puede prorrogar?
Tienes cinco días hábiles desde la notificación de los cargos para presentar descargos, defensas y solicitar o presentar pruebas. La prórroga es de otros cinco días, procede en casos debidamente calificados y debes pedirla antes de que venza el plazo original. El fiscal puede negarla sin que eso vicie el sumario.
Fuentes Ley 18.834, art. 138 · Ley 18.834, art. 145 · Dictamen 56.237/2015
Es una respuesta general. El resultado de cada caso depende de su expediente, de los plazos y de la prueba.
¿Y en tu caso?
Si tu situación tiene otra arista, escríbeme por WhatsApp y la revisamos. También puedes dejar tu pregunta en el sitio, y la respondo públicamente para quien tenga la misma duda.
Fabián Andrés Barría González, abogado en derecho administrativo. Ver los servicios.
Otras preguntas de este tema
- Me formularon cargos. ¿Qué hago primero?
- ¿Qué debe contener un cargo para ser válido?
- El cargo es vago, sin fecha precisa ni deber infringido. ¿Sirve alegarlo?
- ¿Me pueden sancionar por hechos que no estaban en los cargos?
- ¿Puedo pedir diligencias y rendir prueba? ¿Cuándo?
- ¿Qué pasa si no presento descargos?
- ¿Qué argumentos no sirven en los descargos?
- ¿Qué prueba se necesita para sancionarme?
- ¿Me pueden sancionar con la sola declaración del denunciante?