Preguntas frecuentes · Asociaciones de funcionarios, ley 19.296
¿Puede la asociación negociar con la autoridad?
Tu derecho llega hasta dar a conocer a la autoridad tus criterios sobre políticas de personal y solicitar participación en su estudio. Esa participación procede si la autoridad superior resuelve favorablemente tu petición, que solo puede rechazar con fundamento, y si invita a otras asociaciones del servicio debe incluirte. Tus planteamientos no la obligan.
Fuentes Ley 19.296, art. 25 · Dictamen 19.888/2005 · Dictamen 26.578/2014 · Ley 19.296, art. 7
Es una respuesta general. El resultado de cada caso depende de su expediente, de los plazos y de la prueba.
¿Y en tu caso?
Si tu situación tiene otra arista, escríbeme por WhatsApp y la revisamos. También puedes dejar tu pregunta en el sitio, y la respondo públicamente para quien tenga la misma duda.
Fabián Andrés Barría González, abogado en derecho administrativo. Ver los servicios.